Mercados, Medios e instituciones Financieras

Material de clase

 

CARACTERÍSTICAS GENERALES DE UN SISTEMA FINANCIERO

 

1.1- SISTEMA FINANCIERO: CARACTERÍSTICAS GENERALES:

 

1.1.1.-  Definición:

Un Sistema Financiero es un conjunto de mercados, instituciones e intermediarios destinados a canalizar los recursos financieros entre los ahorradores e inversores, materializándose dichas transacciones a través de unos productos financieros.

1.1.2.-  Elementos:

1.       Agentes económicos: oferentes de recursos o ahorradores // demandantes de recursos o prestatarios

2.       Componentes del sistema financiero: productos, mercados e intermediarios

3.       Instituciones financieras

4.       Tipo de interés y tipo de cambio

1.1.3.- Funciones:

·        Poner en contacto a los prestatarios y a los ahorradores, enlazando así, diversas decisiones de ahorro e inversión

·        Canalizar pagos y cobros de la economía

·        Transmitir y regular la política cambiaria y monetaria

·        Valoración de activos financieros

 

1.2.- PRODUCTOS FINANCIEROS

 

1.2.1.- Definición y funciones

Definición: Los activos financieros están integrados por el conjunto de medios de pago y operaciones de crédito sobre futuros ingresos, en que se materializan las distintas operaciones de canalización de fondos entre los agentes económicos del sistema.

 

Funciones:

·        Instrumento de transferencia de fondos o ahorros entre los diferentes agentes económicos

·        Instrumento que transfiere riesgos desde el emisor de los activos a su receptor.

 

1.2.2.- Características

·        Liquidez: facilidad de conversión del activo en dinero líquido, de forma rápida y sin que se produzca pérdidas en su valor nominal

·        Riesgo: incertidumbre sobre la materialización del rendimiento esperado e una cierta inversión

·        Rentabilidad: rendimiento esperado de una inversión, como pago por la cesión de fondos y la asunción de riesgos.

 

1.2.3.-  Clasificación en base a dos criterios fundamentales: liquidez y plazo de negociación de activos.

 

1.3.- ENTIDADES DE MEDIACION E INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

 

1.3.1.- Definición: entidades fundamentalmente privadas, especializadas en movilizar el ahorro de la economía, poniendo en contacto a prestamistas y prestatarios de la economía.

 

1.3.2.- Clasificación:

·        Entidades Financieras mediadoras (ponen contacto, trasvasando activos sin poder transformarlos):

o   Brokers (agentes comisionistas): solo actúan por cuenta ajena

o   Dealers (Agentes mediadores): actúan por cuenta propia y ajena

·        Entidades Financiera Intermediadoras: captan fondos para luego volver a prestarlos:

o   Clasificación:

§  Bancarios: captan recursos para luego prestarlos, además de gestionar los medios de pago de la economía

§  Crediticios no Bancarios: sólo pueden prestar recursos

§  Aseguradores: ofrecen cobertura de riesgos

o   Funciones:

§  Transformación de activos

§  Diversificación del riesgo

§  Reducción de los costes de información y de contratación

§  Proporciona y gestiona los medios de pago de la economía

 

1.4.- MERCADOS FINANCIEROS

 

1.4.1.- Definición: lugar, mecanismos y procedimientos donde o a través de los cuales, se realizan las transacciones y se determina el precio de los activos negociados.

 

1.4.2.- Funciones:

·        Poner en contacto a los distintos agentes económicos, reduciendo plazos y costes de transacción

·        Proporciona liquidez a los activos

·        Estipula las condiciones de compraventa

 

 

1.4.3.-  Características:

§  Transparencia: obtención de información de forma ágil, fácil, barata y universal

§  Libertad: inexistencia de limitaciones de entrada y salida de inversores y ahorradores y, en la negociación de precios y cantidades negociadas

§  Profundidad: volumen de ordenes de compra y venta al que se negocian los activos

§  Amplitud: número de títulos diferentes negociados en un mercado

§  Flexibilidad:  ajuste y adaptación de los precios a las condiciones cambiantes de los mercados

 

1.4.4.-  Clasificación:

§  Según la característica de los activos negociados:

o   Mercados monetarios o de dinero: activos negociados en el corto plazo, asociados a un reducido riesgo y elevada liquidez.

o   Mercados de Capitales: activos negociados en el largo plazo, asociados a un mayor riesgo y rentabilidad

§  Mercado crediticio a largo plazo: mercado en el que existen transacciones de créditos, entre las entidades crediticias y los inversores.

§  Mercados de Valores: se emiten y negocian activos con vencimiento a medio y largo plazo

·        Renta Fija: remuneración a interés nominal constante

·        Renta Variable: remuneración que depende de la existencia de beneficios empresariales o de las oscilaciones de los mercados.

 

§  Según la fase de negociación de los activos:

o   Mercados primarios o de emisión: se intercambian activos de nueva creación emitidos por entidades y adquiridos directamente o a través de mediadores

o   Mercados secundarios o de negociación: se renegocian los activos previamente emitidos en el mercado primario

 

§  Según el plazo de negociación:

o   Mercados de efectivo o al contado: liquidación inmediata tras la compraventa de títulos

o   Mercado a plazo y de futuros: liquidación en un plazo superior a dos días

 

§  Según la moneda:

o   Mercados de moneda local o doméstica: activos denominados en moneda doméstica

o   Mercado de divisas: mercado de compraventa de divisas convertibles

 

§  Según el grado de intervención:

o   Mercados libres: el libre juego de la oferta y la demanda determina el precio y las cantidades de activos negociados

o   Mercados regulados: alteración administrativa de las condiciones del mercado

 

§  Según el grado de formalización:

o   Mercados organizados: negociación simultanea de diversos activos, sujetos a determinadas normas y reglas

o   Mercados OTC: mercados en que no existen reglas y normas de intercambio y las características de las compraventas de los activos son fijadas libremente por las partes.

 

Elaboración propia.

 

 

ESTRUCTURA Y EVOLUCIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO EN ESPAÑA

 

1.- ESTRUCTURA DEL SISTEMA FINANCIERO EN ESPAÑA

 

A.- Autoridades políticas  e Instituciones ejecutivas

A.1.-  Autoridades políticas: comunitarios /españoles

A.2.- Instituciones Ejecutivas:

o   Comunitarias : SEBC-BCE

o   Españolas:

·        Banco de España

·        CNMV

·        Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

B.- Entidades Financieras

B.1.- Entidades dependientes del Banco de España (Supervisa a las entidades que crean productos destinados a financiar a los diferentes agentes económicos)

o   Entidades de Crédito y Depósito (Bancos, Cajas de Ahorros y Cooperativas de Crédito). No sólo prestan financiación, sino que además son los únicos de todo el sistema crediticio que están capacitados para tutelar los depósitos de los ahorradores.

o   Instituto de Crédito Oficial

o   Entidades de Dinero Electrónico

o   Establecimientos Financieros de Crédito (Financieras, Sociedades de Leasing y Renting, Sociedades de Factoring y Confirming, Sociedades emisoras y gestoras de tarjetas de crédito y Sociedades avalistas).

o   Sociedades de Garantía Recíproca

 

B.2.- Entidades dependientes de la CNMV (supervisa a los mediadores que operan con los productos que son creados y negociados en los mercados financieros)

o   Empresas de Servicios de Inversión (Sociedades y Agencias de Valores y Sociedades Gestoras de Cartera)

o   Instituciones de Inversión Colectiva (Sociedades y Fondos de Inversión)

o   Sociedades Gestoras de Fondos de Titulización de activos

o   Sociedades y Fondos de Capital riesgo

 

B.3.- Entidades dependientes de la Dirección General de Seguros (supervisa a las entidades que ofrecen cobertura de diversos riesgos)

o   Compañías y mutuas aseguradoras (previsión actuarial)

o   Planes y Fondos de Pensiones (previsión financiera)

 

C.- Mercados Financieros

C.1.- Mercados Monetarios: en los que se contratan al por mayor, intercambiándose activos financieros amortizables a corto plazo, asociados a un bajo riesgo y alta liquidez:

·        Mercados Interbancarios, que se corresponde con mercados en los que se solamente se cruzan operaciones, con carácter general, entre entidades de crédito y depósito y, con el banco emisor, negociándose activos a corto plazo y de alta liquidez.

·        Mercado de renta fija privada y deuda pública a corto plazo, en los que se negocian pagares o letras del Tesoro, respectivamente.

C.2.- Mercados de Capitales:  En estos mercados, se intercambian activos financieros contratados a un largo plazo de amortización, asociados a un alto riesgo y rentabilidad y una baja liquidez, que permiten obtener al titular de los mismos rendimientos fijos (renta fija) o variables (renta variable):

·        Mercados de Renta Fija a largo plazo:

o   M. Deuda Pública a largo plazo, a través del cual el Tesoro Público emite bonos y obligaciones que gozan de máximas garantías y que permiten financiar gastos y déficits públicos.

o   M. Deuda Privada a largo plazo, a través del cual las grandes empresas emiten bonos y obligaciones, de mayor riesgo y menor liquidez que la deuda pública.

 

·        Mercados de Renta Variable a largo plazo:

o   Bolsa de Valores, en el que se negocian básicamente títulos cuya rentabilidad no esta fijada de antemano (acciones) y otros activos, como warrants, derechos de suscripción y activos de renta fija (bonos).

o   Mercado de Derivados, que tienen por objeto gestionar riesgos financieros, negociándose instrumentos financieros derivados, de forma organizada o no. Si es de forma organizada, se tramitan a través del MEFF, donde se negocian opciones y futuros financieros. Si es Over The Counter (OTC), se negocian productos como operaciones a plazo, FRA, swaps, etc.

 

2.- EVOLUCION Y TENDENCIAS DEL SISTEMA FINANCIERO EN ESPAÑA

 

2.1.-  EVOLUCION

La sistematización de una estructura financiera en España es bastante reciente, iniciándose hace menos de un siglo. Su desarrollo en las primeras décadas se ha caracterizado por una fuerte intervención y protección. Desde la década de los setenta, cambia definitivamente este contexto, para iniciarse una apertura al exterior y la progresiva liberalización del sistema financiero español. Pero, la transformación fundamental de nuestro sistema financiero se ha producido, recientemente, con la integración, desde 1999, en la Unión Económica y Monetaria Europea. Su evolución se puede considerar diferenciada en tres  fases:

·        1921-1977: Intervención y protección para el Sistema Financiero Español, caracterizado por la intervención en la creación, expansión y gestión de los intermediarios financieros, por el sostenimiento artificial del tipo de interés y del tipo de cambio, y por un férreo control de fondos.

 

·        1978-1999: Liberalización del Sistema Financiero Español: periodo en el que se trata de aumentar la solvencia, la eficiencia y la competencia entre las entidades financieras. Asimismo, se desarrollan mercados de capitales y monetarios en España. Y finalmente, se incrementa la liquidez monetaria de forma paulatina.

 

·        1999- : Integración en la Unión Económica y Monetaria Europea (UEME): En 1999, España accedió a la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria Europea, y con ello asumió perder su independencia en materia monetaria y financiera al pasar a compartirla con los países comunitarios que forman parte de la Eurozona. Desde entonces, el sistema financiero en España se ha pasado a caracterizar por:

 

Ø  Integrarse en un Mercado Único de Servicios Financieros, que implica aceptar y promover la total movilidad de capitales entre los países de la Unión Europea y, el libre establecimiento y prestación de servicios financieros.

Ø  Sustituir la moneda nacional (peseta) por una moneda única, de nueva creación, el euro. Con ello, se ha exigido previamente la plena e irreversible convertibilidad de la peseta en el euro, y la fijación irrevocable de una paridad fija entre ambas (166,386 pesetas por euro).

Ø  Aceptar una nueva y única autoridad monetaria: SEBC. El Sistema Europeo de Bancos Centrales se corresponde con una autoridad descentralizada que adopta decisiones participadas conjuntamente por el Banco Central Europeo y los Bancos Centrales Nacionales de los países integrantes del Eurosistema.

Ø  Renunciar a una política monetaria nacional, aceptando una política monetaria y cambiaria única. Cuyo objetivo principal radica en el mantenimiento de la estabilidad interna nominal para el conjunto de los países de la eurozona.

 

2.2.-  TENDENCIAS

El Sistema Financiero en España ha pasado de desarrollarse en un entorno protegido e intervenido a un entorno liberalizado e integrado en la Unión Económica y Monetaria Europea. Y la adaptación a este nuevo contexto, ha motivado la reestructuración del Sistema Financiero en España y está determinando marcadas tendencias de desarrollo para los próximos años:

 

·        La desintermediación implica la sustitución de los flujos de fondos canalizados a través de intermediarios financieros por flujos en mayor medida contratados a través de los mercados financieros. Y entre las causas que han propiciado la reducción del papel de los intermediarios bancarios se podrían destacar las siguientes:

o   Sustitución de las decisiones tradicionales de ahorro por decisiones de inversión

o   Incremento de la autofinanciación empresarial y estatal

o   Aparición de otros intermediarios que negocian con fondos financieros

·        La institucionalización de la inversión que implica que se gestionen conjuntamente notables volúmenes de inversión a cargo de entidades financieras profesionales, como en el caso de los Fondos de Inversión, Planes y Fondos de Pensiones, Aseguradoras, etc.

·        La desregulación financiera es un proceso de eliminación de restricciones y trabas legales a la actividad financiera, que conduce a una mayor liberalización de los movimientos de capitales.

·        Entendemos que la innovación financiera es un proceso de creación de nuevos productos, procesos y mercados financieros que permiten aumentar las posibilidades de transferencia de fondos y de riesgos en la economía, además de reducir costes de transacción.

·        La globalización financiera implica la progresiva integración de los mercados mundiales y la progresiva eliminación de las fronteras entre los diferentes intermediarios financieros.

·        La financierización de la economía. La economía financiera está adquiriendo una importancia creciente en todos los países desarrollados, creciendo a un ritmo muy superior a la economía real. E incluso, ésta última se está supeditando al buen funcionamiento de la realidad financiera.

Elaboración propia.

 

 

          El Eurosistema y el Banco de España         
1.- EUROSISTEMA

 

A.- Estructura:

La autoridad monetaria es el Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) que se conforma de forma descentralizada, adoptando decisiones participadas conjuntamente por el Banco Central Europeo (BCE) y los Bancos Centrales Nacionales de los países vinculados al Eurosistema.

 

El Banco Central Europeo (BCE) se configura como el órgano ejecutivo del SEBC y, es un ente con personalidad jurídica propia, con sede en Francfort, cuyo capital ha sido suscrito y desembolsado por los Bancos Centrales Nacionales, que constituye el núcleo del Eurosistema. El Eurosistema y el SEBC están regidos por sus órganos rectores:

  • Consejo de Gobierno
  • Comité Ejecutivo
  • Consejo General

 

B.- Objetivo: Mantenimiento de la estabilidad nominal interna

 

C.- Funciones del SEBC:

    • Definir y ejecutar una política monetaria única, que se instrumenta a través de los siguientes mecanismos, en idénticas condiciones para toda la eurozona:
      • Operaciones de Mercado Abierto
      • Facilidades Permanentes
      • Sistema de Reservas Mínimas
  • Ejecutar la política cambiaria,
  • Autorizar la emisión de billetes y monedas en el área del euro,
  • Promover el buen funcionamiento de los sistemas de pagos en la eurozona
2.-  EL BANCO DE ESPAÑA

 

A.- Definición

El Banco de España es una entidad de derecho público con plena capacidad pública y privada y personalidad jurídica propia, reconocido internacionalmente, y qué  goza de plena autonomía para ser parte integrante del SEBC, desde enero de 1999.

 

B.- Funciones

Con la introducción del euro como moneda única, los Bancos Centrales Nacionales (BCN) de los países participantes en la Unión Económica y Monetaria (UEM), han pasado a compartir su soberanía monetaria, y a reconvertir sus funciones, quedando como siguen:

B.1.- Funciones como miembro del  SEBC:

·        Participa en la definición de la política monetaria  para la eurozona

·        Participa en la realización de las operaciones de cambio de divisas

·        Participa en la definición y emisión de billetes y monedas en euros

·        Participa en la promoción del buen funcionamiento del sistema de pagos

 

B.2.-  Funciones como Banco Central Nacional:

·        Poseer y gestionar las reservas de divisas y metales preciosos no transferidos al BCE

·        Poner en circulación la moneda metálica en euros

·        Supervisar la solvencia y comportamiento de entidades de crédito y mercados financieros (en colaboración con el BCE):

o   Banco del Sistema Bancario

o   Control e inspección sobre entidades de crédito

·        Promover buen funcionamiento de los sistemas de pagos nacionales:

·        Prestar servicios de Tesorería  y agente financiero de la Deuda Pública

·        Recopilar, elaborar y publicar información estadística

·        Asesorar al Gobierno y realizar informes y estudios

 

C.- Órganos Rectores :

Según la Ley de Autonomía del Banco de España, los órganos rectores quedan como siguen:

  • Individuales: Gobernador y Subgobernador
  • Colectivos: Consejo de Gobierno  y Comisión Ejecutiva

Elaboración propia.

 

 

 

ENTIDADES DE CRÉDITO y DEPÓSITO
1.- INTRODUCCIÓN

 

El sistema crediticio en España (que proporciona financiación) está integrado por :

  • Banco de España
  • Entidades crediticias

o   Entidades bancarias (Bancos, Cajas de Ahorros y Cooperativas de Crédito)

o   Establecimientos financieros de crédito (Financieras, de Leasing, de Renting, de Factoring, de Confirming, etc.)

o   Instituto de Crédito Oficial

o   Entidades de dinero electrónico

2.- ENTIDADES DE DEPÓSITO

 

2.1.-   Actividades realizadas por el Sistema Bancario

El conjunto de intermediarios bancarios en España están habilitados para realizar las siguientes actividades:

  • Captación de depósitos
  • Concesión de préstamos y de otros productos crediticios
  • Emisión y gestión de medios de pagos
  • Realización de actividades vinculadas a los mercados de valores
  • Asesoramiento empresarial y realización de informes comerciales
  • Alquiler de cajas fuertes

 

Esta función de transformación e intermediación financiera proporciona al sistema financiero las siguientes ventajas:

  • Acercan el ahorro a la inversión real
  • Transforman el plazo de los activos
  • Diversifican el riesgo de los ahorradores
  • Reducen los costes de transacción en los sistemas de pagos

 

2.2.-   Negocio Bancario

Las actividades que actualmente realizan las entidades bancarias se pueden clasificar en:

·        Operaciones Pasivas

o   Recursos propios

o   Recursos ajenos (depósitos de clientes, operaciones de depósitos interbancarios, emisión de pasivos, otros acreedores)

·        Operaciones Activas:

o   Operaciones de crédito con los clientes (préstamos, créditos, descubiertos, descuento comercial y anticipos)

o   Operaciones de prestamos interbancarios

o   Operaciones de cartera

·        Operaciones de servicio prestados a la clientela (servicios de tesorería, operaciones fuera de balance, otras actividades crediticias, etc.).

La combinación de las anteriores actividades genera el margen de intermediación, el margen ordinario, el margen de explotación y el beneficio.

 

2.3.- Regulación del Sistema Bancario

El Sector Bancario en España está profusamente regulado, dada la necesidad de proteger al cliente y asegurar la solvencia de las entidades. Entre estas regulaciones cabe destacar:

  • Creación y expansión
  • Normas de Solvencia y liquidez:
    • Coeficiente obligatorio de reservas bancarias (coeficiente legal de caja)
    • Coeficiente de garantía de solvencia
  • Sistema de Garantía de Depósitos (FGD)

 

2.4.- Estructura de las Entidades de Depósito

  • Notable representatividad de los bancos en la financiación y captación de depósitos de las empresas, el Estado, el sector exterior, y las familias
  • Las Cajas de Ahorros, además de ser el segundo gran financiador del sistema, se han convertido en el principal captador de depósitos de las familias en España.
  • Las cooperativas de Crédito son entidades residuales en la captación de depósitos y concesión de préstamos en España.

 

2.5.- Clasificación de las Entidades bancarias

 

Elaboración propia.

OTRAS ENTIDADES CREDITICIAS
 

1.- ESTABLECIMIENTOS FINANCIEROS DE CRÉDITO (EFC)

 

1.1.-  INTRODUCCION

Las EFC son entidades que conceden financiación, pero que no pueden captar fondos reembolsables del público. Entre las principales actividades crediticias que realizan se pueden mencionar:

·        Concesión de préstamos y créditos

·        Factoring

·        Arrendamiento financiero

·        Emisión y gestión de tarjetas de crédito

·        Concesión de avales y garantías

 

1.2.- MODALIDADES DE EFC

 

1.2.1.- OPERACIONES DE FINANCIACIÓN: Son EFC que ofrecen contratos de venta a plazos o créditos bajo la forma de pago aplazado, préstamo, apertura de crédito o cualquier otro medio equivalente de financiación.

 

1.2.2.- OPERACIONES DE LEASING: Es un contrato que reúne las siguientes características:

·        Contrato mercantil  (tipo de interés, periodicidad cuotas, comisiones, etc)

·        El bien y el proveedor son elegidos por el cliente

·        Bienes muebles e inmuebles, que queden afectos a una actividad productiva

·        Período irrevocable

·        A la finalización del contrato se plantean tres opciones: Opción de compra, Devolución del bien y Renovación de un contrato.

 

Las modalidades de leasing:

o   Según la naturaleza de los bienes financiados:

§  Mobiliario (todo tipo de bienes y equipos necesarios para la actividad empresarial)

§  Inmobiliario (inmuebles afectos a actividades productivas)

o    Según las características del arrendador:

§  Financiero (operación en la que interviene una entidad financiera y se transfieren todo tipo de bienes afectos a una actividad empresarial, junto con los riesgos y gastos derivados de su uso).

§  Operativo (el arrendador es el fabricante o distribuidor del bien arrendado)

o   Según la orientación financiera del producto:

§  Lease-back  (proveedor y usuario son la misma persona.)

§  Leasing internacional (importación o exportación de bienes en régimen de arrendamiento financiero)

§  Leasing de ahorros energéticos (bienes para ahorro energético).

 

Ventajas del leasing :

§  Fiscales (doble deducción fiscal)

§  Financieras (financiación del 100% de la inversión neta, financiación  flexible y a medio y largo plazo)

§  Técnicas ( renovación de equipos obsoletos)

 

1.2.3.- OPERACIONES DE RENTING: es un contrato mercantil por el cual una de las partes, empresario de renting o arrendador, se obliga a ceder a otra, usuario o arrendatario, el uso de un bien por un tiempo determinado, corto o medio, a cambio del pago de una cuota periódica, siendo de cuenta del arrendador el mantenimiento del bien cedido en perfectas condiciones de uso. Es decir, es un sistema integral de alquiler de equipos a corto plazo, sin opción de compra.

 

El leasing es un producto financiero y el renting un alquiler, que incorpora siempre un servicio de mantenimiento y de seguro.

 

1.2.4.- OPERACIONES DE FACTORING: operación que consiste en la cesión de la “cartera de cobro a clientes” (facturas, recibos, letras, etc.) de un empresario cliente a una entidad de factoring, que le proporciona, en base a la solvencia de sus clientes y sus necesidades, servicios de financiación y gestión de cobro.

 

Características del factoring:

1.       Financiación (sobre las facturas cedidas, entre un 75% y 100%)

2.       Gestión de cobro de facturas  (gestiones administrativas, control de la cartera de facturas, gestión de recobro)

3.       Cobertura de riesgos y reducción de costes (clasificación crediticia de clientes y riesgo de insolvencia).

 

Tipos de factoring:

§  Factoring sin recurso: obliga a la sociedad de factoring a asumir el eventual impagado del deudor, es decir asumir el riesgo, sin poder repercutirlo al empresario-cliente.

§  Factoring con recurso: el riesgo de impago se traslada al cliente

§  Factoring nacional /internacional

 

Ventajas del factoring:

§  Mejora la tesorería y liquidez del empresario-cliente

§  Elimina los fallidos por insolvencia

§  Reduce costes administrativos

§  Mejora la estructura del balance y simplifica su contabilidad.

 

1.2.4.- OPERACIONES DE CONFIRMING:  es un servicio ofrecido por entidades financieras, mediante el que se pueden gestionar los pagos de una empresa-cliente a sus proveedores, ofreciéndoles la posibilidad de cobrar sus facturas con anterioridad a la fecha de vencimiento.

 

Ventajas del Confirming para la empresa-cliente:

§  Gestión de pagos

§  Información estadística

§  Operativa con proveedores

§  Remuneración de excedentes de tesorería

 

1.2.5.- SOCIEDADES EMISORAS Y GESTORAS DE TARJETAS MONETARIAS: Las tarjetas monetarias son medios de pago que sustituyen al dinero efectivo, permitiendo pagar compras, de forma financiada, con respecto al saldo de cuenta que posea el cliente; y alguna de ellas, incluso facilita disponer de créditos por encima de la cantidad disponible en cuenta.

 

Tarjetas emitidas y gestionadas por entidades bancarias y financieras

§  Tarjetas de débito: su uso implica un cargo contra la cuenta corriente o libreta al que esta asociada dicha tarjeta, pudiéndose cargar en cuenta al instante o bien de forma diferida ( Euro 6000, Servired, 4B)

§  Tarjetas de crédito: Estas tarjetas de pago, permiten al titular, además de acceder a los cajeros automáticos, usar un dinero a crédito (hasta el límite contratado), que puede o no tener en la cuenta bancaria asignada. Crédito de carácter rotativo, puesto que a medida que se va liquidando, según la modalidad de pago elegida, se repone de nuevo. (Visa y Mastercard)

§  Tarjetas monedero: Estas tarjetas inteligentes incorporan un sistema de prepago, que se materializa a través de un microprocesador o microchip recargable, en el que el usuario puede introducir una cantidad de dinero que, posteriormente utilizará para efectuar pequeños pagos.

 

Tarjetas emitidas y gestionadas por empresas no financieras

§  Tarjetas de cargo o de pago: que permiten liquidar las compras y los gastos realizados mensualmente en una amplia red de establecimientos de todo el mundo. Las dos más importantes son las emitidas y gestionadas por American Express y Diners Club.

§  Tarjetas de compra (tarjetas affinity): emitida por establecimientos comerciales (Corte Ingles, Carrefour, etc) y otras empresas no financieras (Cortefiel, Iberia, Tarjeta Turyocio, etc), que tratan de vincular a sus clientes, ofreciendo los servicios propios de la tarjeta que le da soporte, además de otros servicios añadidos.

 

2.- EL INSTITUTO DE CRÉDITO DE OFICIAL (ICO)

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) es una entidad pública empresarial, adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda, que tiene naturaleza jurídica de Entidad de Crédito y consideración de Agencia Financiera del Estado. El ICO tiene personalidad jurídica, tesorería y patrimonio propios, así como autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines.

 

Para ello, el ICO desarrolla su actividad de acuerdo al principio de equilibrio financiero. Colabora con el resto de entidades financieras y atiende las necesidades de financiación que el sistema privado no cubre o lo hace parcialmente.

 

El ICO, en la actualidad está desarrollando dos líneas de actividad:

§  Como Agencia financiera del Estado (programas de política económica, fomento de exportaciones y ayudas al desarrollo)

§  Como Entidad de Crédito Especializada (financiar actividades productivas de pymes establecidas en España o de empresas españolas que se establezcan en el exterior; y actúa por dos vías: Líneas de mediación y programas de financiación directa).

 

3.- ENTIDADES DE DINERO ELECTRÓNICO

El término dinero electrónico (“e-money”, “digital cash”, “cybermoney”, etc.) es utilizado, de forma general, para hacer referencia a una amplia gama de mecanismos de pagos utilizados en el comercio electrónico. Y en concreto, la nueva Ley define al dinero electrónico como un instrumento de pago almacenado en un soporte electrónico.

 

Se ha limitado la creación de dinero electrónico a las entidades de dinero tradicionales (entidades bancarias) y a las nuevas Entidades de Dinero Electrónico (EDE). En ambos casos, se requiere la autorización del Ministerio de Economía para proceder a su constitución, mientras que el habitual control e inspección es competencia del Banco de España.

 

 

 

EMPRESAS DE SERVICIOS DE INVERSION
1.- DEFINICION: conjunto de entidades financieras cuya actividad principal consiste en prestar servicios de inversión con carácter profesional a terceros.

 

2.- SERVICIOS DE INVERSION

2.a.- Tipos de Servicios:

Básicos:

1.       Ejecución y transmisión de órdenes de compra y venta de valores por cuenta de terceros.

2.       Negociación por cuenta propia

3.       Gestión de patrimonios

4.       Mediación y aseguramiento en la suscripción y emisiones de OPV

5.       Aseguramiento de las suscripciones de emisiones y ofertas públicas de venta

Complementarios

1.       Depositarios y administradores de instrumentos financieros

2.       Concesión de prestamos y créditos a inversores

3.       Asesoramiento a empresas e inversores

4.       Otras actividades

 

2.b.- Prestadores de Servicios:

–         ESI, supervisadas por la CNMV

–         Entidades de crédito y depósito, supervisadas por el Banco de España

 

2.c.- Prestación de servicios sobre instrumentos financieros:

–         Valores negociables en mercados de capitales, incluidas participaciones en fondos inversión

–         Valores negociables en mercados monetarios

–         Cualquier  contrato, financiero o no, que sea objeto de negociación en un mercado secundario.

 

2.d.- Transmisión de ordenes al mercado: a través de las ESI o entidades bancarias que sean miembros de los mercados.

 

3.- TIPOS DE ESI

 

3.a.- Sociedades (SV) y Agencias de Valores (AV)

–         Sociedades de Valores (SV): actúan por cuenta propia y ajena, prestando cualquier servicio de inversión

–         Agencias de Valores (AV): sólo operan por cuenta ajena y no pueden prestar ciertos servicios de inversión (aseguramiento de emisiones y OPV y concesión de créditos).

3.b.- Sociedades Gestoras de Cartera (SGC): Actúan por cuenta ajena, gestionando patrimonios, además de ofrecer asesoramiento.

 

4.- CREACION Y EXPANSION DE ESI

 

4.a.- Creación de ESI: corresponde al Ministerio de Economía, a propuesta de la CNMV, siempre y cuando se satisfagan los siguientes requisitos:

–         Objeto social: prestar servicios de inversión

–         Capital y organización de la sociedad: SA, o SL en el caso de sociedades gestoras de cartera, con un determinado capital social mínimo, totalmente suscrito y desembolsado. El domicilio social de la ESI debe estar situado en territorio nacional. A su vez, tiene que contar con una buena organización administrativa y con un Consejo de Administración formado por al menos, cinco (SV) o tres miembros (AV y SGC).

–         Normas de valoración que garanticen una imagen fiel del patrimonio, de los resultados y de la situación financiera de la entidad.

–         Normas de conducta:

–         reglamento interno de conducta para los órganos de administración, empleados y representantes,

–         registro de operaciones (clientes, tarifas, gastos repercutibles a los clientes, etc.),

–         folleto público (que recojan las tarifas aplicables, junto con otros datos fundamentales), contratos tipos para formalizar ciertas operaciones, etc.

–         Adhesión a un fondo de garantía de inversores (AV o SV) o suscripción de un Seguro de responsabilidad civil (SGC)

 

4.b.- Expansión de ESI:

o   Apertura de sucursales

o   Contratación de agentes o representantes

Elaboración propia.


 INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA
1.- DEFINICION: entidades (fondos o sociedades) que tienen por objeto captar recursos del público, a través de la emisión de participaciones o acciones, con el fin de invertirlos y gestionarlos, de forma conjunta, en la adquisición de activos financieros o no financieros.

 

Las entidades que se constituyen como Instituciones de Inversión Colectiva pueden adoptar dos formas jurídicas diferentes:

 

  • Fondos de Inversión: En los cuales, la captación de fondos se realiza mediante la emisión de participaciones, y por tanto, los adquirentes de las mismas se constituyen en participes de un Fondo Patrimonial. Dicho Patrimonio carece de personalidad jurídica y, por tanto, habrá de ser gestionado por una sociedad anónima (la sociedad gestora de instituciones de inversión colectiva). También debe intervenir una entidad financiera que actúa como depositaria del patrimonio del fondo.

 

o   Sociedades de Inversión: son sociedades anónimas cuyo objeto social consiste en la captación de recursos mediante la emisión de acciones y, por tanto, los ahorradores adquirentes de las mismas se convierten en accionistas de la sociedad. Dicha sociedad también gestionara y administrara dichos fondos.

 

En las IIC, el rendimiento de cada inversor se establece en función de los rendimientos colectivos obtenidos, con independencia de la forma jurídica que tenga la institución (fondo o sociedad de inversión).

 

2.- CLASIFICACIÓN

 

La principal clasificación de las IIC se establece en función de la naturaleza de los activos

  1. Carácter financiero (Fondos de Inversión –FI- y Sociedades de Inversión de Capital Variable –SICAV-)
  2. Carácter No financiero (Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión no financieras)
3.- FONDOS DE INVERSION

 

3.a.- Definición: es un patrimonio común perteneciente a una pluralidad de inversores (participes), gestionado y administrado por una entidad gestora encargada de invertirlo en todo tipo de activos, financieros o no.

 

3.b.- Relevancia económica: en la actualidad, los fondos de inversión se han convertido en unos de los productos preferidos por los inversores españoles, a pesar de las fluctuaciones de los mercados y de las sucesivas reformas fiscales, que han acabado por favorecerlo. A finales de marzo de 2008, el patrimonio de los fondos de inversión se elevaba a 218.966 millones de euros (representando en torno a la cuarta parte del PIB español) y, vinculando a un total de 7.687.536 participes.

 

3.c.-  Características:

ELEMENTOS COMUNES

1.a.- Partícipes: personas físicas o jurídicas que realizan las aportaciones al fondo, adquiriendo con ello un derecho de propiedad sobre el patrimonio, representado mediante un certificado de participaciones.

1.b.-  Entidades Gestoras:  sociedades anónimas que tienen por objeto la administración, gestión y representación de los fondos de inversión, siendo responsables de la evolución de las inversiones y del calculo del valor liquidativo de la participación. Además, la gestora debe elaborar un folleto en el que se recogen las características del fondo.

1.c.-  Entidades Depositarias: entidad responsable de la custodia de los valores o activos adquiridos por el fondo, así como del seguimiento de las operaciones llevadas a cabo por la Sociedad Gestora.

1.d.-  Sociedades Comercializadoras: promociona y vende fondos de inversión a través de su red de agencias.

1.e.- Entidad Supervisora: La CNMV es el organismo público al que corresponde la supervisión y control tanto de los fondos negociados como de las sociedades gestoras, depositarias y comercializadoras de los mismos.

 

COMISIONES (que deben verificar unos límites máximos) :

2.a.-  Comisiones Explícitas (soportadas directamente por el participe):

Comisión de Suscripción

Comisión de Reembolso

2.b.-  Comisiones Implícitas (deducidas diariamente del valor liquidativo):

Comisión de gestión (pago por los servicios prestados a la entidad gestora)

Comisión de depósito (pago por los servicios prestados a la entidad depositaria)

 

VENTAJAS DE LOS FONDOS DE INVERSION:

  • Liquidez (reembolso en un plazo máximo de 72 horas)
  • Flexibilidad en las aportaciones (en cuantía y en inversor)
  • Diversidad de fondos (múltiples combinaciones de riesgos y rentabilidad)
  • Diversificación (acceso a una cartera amplia de activos con pequeñas aportaciones)
  • Gestión profesionalizada y ahorro de costes (la unión de un gran número de pequeñas aportaciones en una gestión centralizada, depositada en una sociedad especializada, permite un fuerte ahorro en comisiones y mejores posibilidades de gestión)
  • Transparencia (publicación diaria de los valores liquidativos, además de otra información periódica)
  • Seguridad (supervisión por la CNMV de los límites máximos de inversión autorizados a cada fondo)
  • Rentabilidad (derivados de la capitalización de los rendimientos que no se reparten periódicamente)
  • Fiscalidad favorable (ligada a la posibilidad de diferir impuestos hasta el momento en que se produzca el reembolso, la exención por reinversión de los rendimientos en la compra de nuevas participaciones de fondos de inversión, además de una tributación beneficiosa en el impuesto de la renta).

 

3.d.- Clasificación de los Fondos de Inversión:

 

1.- Según la forma de Distribución de los rendimientos:

  • Fondos de Capitalización: la sociedad gestora reinvierte diariamente los rendimientos obtenidos
  • Fondos de Reparto: la entidad gestora reparte periódicamente beneficios a los participes de los fondos

 

2.- Según la política de inversión:

2.1.- Fondos de Inversión en Activos Financieros

a)      Fondos Monetarios : invierten su patrimonio en activos financieros de renta fija a corto plazo.

b)      Fondos de Inversión (FI): invierten en cualquier tipo de activo (renta fija o variable), admitido a negociación en cualquier mercado organizado, sin limitación en cuanto al plazo de vencimiento.

o   Renta Fija (100% de la cartera en activos de renta fija): A corto plazo, a largo plazo, internacional.

o   Renta Variable (más del 75% de la cartera invertida en activos de renta variable): nacional, euro, internacional.

o   Renta Mixta:

o   Renta Fija Mixta: un mínimo del 70% de su cartera estará invertido en títulos de renta fija (nacional o internacional). Puede ser nacional o internacional.

o   Renta Variable Mixta: entre un 30% y un 75% de su cartera estará invertida en renta variable (nacional o internacional). Puede ser nacional o internacional.

c)       Otros Fondos:

o   Fondos Globales: no tienen preestablecida una política de inversión concreta.

o   Fondos Garantizados: fondos que incorporan un contrato de garantía (interna o externa), por la cual un tercero se compromete a pagar, en su caso, la diferencia entre el valor liquidativo y el valor garantizado. A cambio el participe, se obliga a mantener la inversión por un período mínimo de tiempo.

o   Garantizado Renta Fija: se garantiza el importe invertido más un rendimiento fijo para el inversor

o   Garantizado a vencimiento: se garantiza el importe invertido más un porcentaje de revalorización que estará en función de la evolución que presente un índice de referencia.

 

2.2.-Fondos de Inversión en Activos NO Financieros

a)      Fondos de Inversión Inmobiliaria (FII): tienen por objeto la inversión mayoritaria de su patrimonio en la compra de bienes inmuebles de naturaleza urbana para su posterior explotación en régimen de alquiler o para negociar con sucesivas compra-ventas.

b)      Fondos de Inversión en elementos de coleccionismo y obras de arte: filatelia, pintura y escultura, antigüedades, etc.

c)       Fondos de Inversión en determinadas materias primas: maderas nobles, piedras preciosas, etc.

 

3.- Según el destino de las Inversiones:

3.1.- Fondtesoros: fondos de inversión cuyo patrimonio está invertido mayoritariamente en la adquisición de valores de Deuda Pública, tanto a corto como a largo plazo.

a)      FondTesoro largo plazo FI y corto plazo FI: invertido mayoritariamente en deuda pública, a largo o corto plazo, respectivamente y en otros valores de renta fija, avalados por el estado y negociados en mercados segundarios organizados (FTPymes, etc)

b)      Fondtesoro Plus FI: invertido en deuda pública y otros valores de renta fija, avalados por el estado y negociados en mercados segundarios organizados (FTPymes, etc.), así como en valores de renta variable (acciones Ibex-35).

 

3.2.- Fondos Índices: aquellos que construyen su cartera de forma similar o igual a la conformada por un índice de mercado particular (Ej.: Ibex-35).

3.3.- Fondos de Fondos: invierten mayoritariamente sus activos en la adquisición de participaciones de otros fondos de inversión de todo el mundo.

3,4.- Fondos Principales y Fondos Subordinados: los principales tiene como partícipes a uno o varios subordinados, y los subordinados invierten la mayor parte de su cartera en participaciones del fondo de inversión principal.

3.5.- Fondos denominados en divisas: pueden calcular el patrimonio y el valor de las participaciones en monedas distintas del euro.

3.6.- Fondos multimarca: se comercializan con distintas referencias comerciales.

3.7: Fondos de inversión libre: pueden invertir en cualquier tipo de activo financiero sin que les sea aplicable las reglas sobre concentración de inversiones, establecidas en la normativa general de instituciones, ni tampoco los máximos de comisiones que rigen para el resto de fondos de inversión

3.8.- Fondos de inversión en valores no cotizados: invierten mayoritariamente en valores de renta fija o variable no negociados en mercados segundarios (Ej.: capital riesgo)

3.9.- Fondos éticos, solidarios y ecológicos: fondos socialmente responsables.

 

 

3.e.- INVERCO: es la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones.

 

4.-  SOCIEDADES DE INVERSION

 

4.a.-  Definición: Empresas que tienen por objeto la inversión en activos financieros o no financieros.

4.b.-  Clasificación:

o   SOCIEDADES DE INVERSIÓN DE CARÁCTER FINANCIERO: SA que invierte mayoritariamente su capital en la adquisición de activos financieros. En la actualidad, tan sólo se pueden comercializar las Sociedades de Inversión Mobiliaria de Capital Variable (SIMCAV): sociedades cuyo capital social se puede aumentar o disminuir, y cuyo objeto social se concreta en la adquisición de activos financieros cotizados y no cotizados.

 

o   SOCIEDADES DE INVERSIÓN INMOBILIARIA (SII): SA con un capital social fijo, destinado a la adquisición y explotación de inmuebles.

5.-  CLUBES DE INVERSION

Un club de inversión reúne un grupo reducido de inversores particulares, con el objeto de gestionar un patrimonio conjunto que será invertido en valores negociables en mercados organizados y, de contribuir a la formación de los mismos en la gestión de activos.

 

Elaboración propia.

 

 

 

Previsión de Riesgos
1.-  PREVISIÓN DE RIESGOS:

Las medidas de previsión contribuyen a paliar y minimizar las pérdidas económicas que se puedan generar al producirse un determinado riesgo. Y éstas se pueden materializar en tres instrumentos diferentes:

 

–      Instrumentos de previsión actuarial: los asegurados, si acaece el riesgo, transfieren las consecuencias económicas negativas que se generan a las entidades aseguradoras, en virtud de la prima que les pagan. Los aseguradores actuariales tienen la característica de transformar riesgos individuales en colectivos.

 

–      Instrumentos de previsión financiera: es una modalidad de ahorro-inversión a largo plazo, que pasa por la constitución de un fondo financiero, que revierte al beneficiario cuando se produzcan la jubilación y otras contingencias asimilables, con el fin, fundamental, de servir de complemento a la pensión pública.

 

–      Instrumentos mixtos de ahorro-previsión: productos de ahorro previsión, que combinan la cobertura de riesgos (seguro de vida que incluye la cobertura por fallecimiento), con un producto de ahorro que verifica un objetivo financiero (fondo).

 

La entidad supervisora de este sector asegurador es la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Con este mercado están relacionadas otras asociaciones: INVERCO, UNESPA, ICEA y la Confederación Española de Mutualidades.

 

2.- PREVISIÓN ACTUARIAL: SECTOR ASEGURADOR PRIVADO

 

2.A.- Importancia Económica del Seguro

El seguro se ha convertido en un elemento vital para la economía. Puesto que las primas recaudadas se invierten, a largo plazo, en los mercados financieros, y por tanto apoyan la inversión productiva nacional y el crecimiento económico.

 

Las primas devengadas totalizaban 49.652 millones de euros, a finales de 2005, que representaban el 5,49% del PIB español, con un gasto que alcanzaba los 1.125,68 euros por habitante.

 

2.B.- Transformación del Sector Asegurador en España

Es un subsector financiero que, en dos décadas, ha venido implicando a un creciente ahorro familiar, en España. Y que, también se ha sometido a un proceso de transformación fundamental, caracterizado por:

·        Progresiva concentración operativa y empresarial

·        Internacionalización

·        Constitución de bancoaseguradoras

·        Progresiva integración en un mercado europeo de seguros único.

 

2.C.- Riesgos:

El riesgo se corresponde con un evento incierto, pero probable de acaecer, que en el caso de hacerlo, producirá pérdidas económicas.

Se pueden clasificar los riesgos asegurables en:

–        Riesgos personales (tienen impacto sobre la vida, la salud o la integridad física y psíquica de las personas)

–        Riesgos materiales (daños producidos en los bienes de los asegurados)

–        Riesgos patrimoniales (daños que afectan al patrimonio total del asegurado)

 

2.D.- Cobertura de Riesgos: el Contrato de Seguros

Las relaciones entre las entidades aseguradoras y sus clientes se instrumentan a través de los contratos de seguros. Y en concreto, un seguro es un contrato por el cual a cambio de una prima entregada a una entidad aseguradora se puede recibir una compensación o indemnización en caso de que ocurran los riesgos concertados. Es decir, el seguro es un contrato instrumentado en una póliza que cubre el riesgo al que está expuesto el asegurado.

 

Los elementos de un contrato de seguros son:

§  Personales:

§  Tomador: la persona que suscribe el seguro y paga las primas

§  Asegurado: Es la persona a favor de quién se constituye la póliza de seguro

§  Asegurador: Asume el riesgo pactado e indemniza cuando se produce el hecho asegurado

§  Beneficiario: persona designada en la póliza como receptor de las prestaciones o indemnizaciones.

§  Materiales:

§  Prima: precio del seguro. La prima total es la suma del valor económico del riesgo, los gastos internos, los gastos de gestión externa y los recargos complementarios.

§  Siniestro: suceso previsto en la póliza que da lugar al nacimiento de la obligación de indemnizar.

§  Prestación: indemnización prevista. Salvo en el caso de producirse un rescate anticipado del fondo, con carácter general, podrá ser percibida en forma de capital o de rentas, con la prestación de servicios o en especie.

 

Los tipos de contratos de seguro privados son los que dan cobertura a:

–        Riesgos personales:

o   Seguros de Vida (que pueden cubrir las contingencias de fallecimiento, invalidez, supervivencia del asegurado en una fecha determinada y los vinculados a las operaciones financieras):

–        Seguros de riesgo

–        Seguros de ahorro-previsión (Planes de Jubilación, PPA, Planes de Ahorro, Unit Linked, etc.)

o   Seguros de Accidentes (cubren lesiones personales producidas por una causa violenta, súbita y externa)

o   Seguros de enfermedad (cubre la asistencia sanitaria y la pérdida de ingresos del asegurado en caso de enfermedad).

 

–        Riesgos materiales: La indemnización que entrega la entidad aseguradora, en el caso de producirse daños en los bienes de los que es propietario el asegurado, tiene un tratamiento distinto, en función de si difiere o coincide con valor del capital asegurado (se produce sobreseguro cuando el capital asegurado es superior, e infraseguro cuando es inferior). En concreto se materializan en:

o   Seguro de incendio, elementos de la naturaleza, robo y otros

o   Seguro de mercancías transportadas

o   Seguro combinado de hogar (en el que se diferencia el continente del contenido)

o   Seguro combinado de automóvil.

 

–        Riesgos patrimoniales: que cubren el patrimonio completo del asegurado.

o   Seguro de responsabilidad civil (cobertura de daños y perjuicios causados a terceros, o a su patrimonio, por el asegurado o por todas aquellas personas por las que responde personalmente)

o   Seguro de Crédito y Caución: cubren el riesgo de impago de una deuda, definitiva (seguro de crédito) y posible (seguro de caución).

o   Seguro de pérdida de beneficios o de lucro cesante (ligado a la pérdida temporal de permiso de conducir, de rentas por alquiler, etc.).

 

Tipo de entidades aseguradoras:

–        Compañías de seguros: sociedades anónimas en la que los asegurados no son socios de la misma

–        Mutuas y Sociedades Cooperativas de Seguros: entidades en las que los asegurados adquieren la condición de socios. Las mutuas son sociedades sin ánimo de lucro que atiende los riesgos de los mutualistas. Las cooperativas de seguros, son cooperativas que atienden a sus afiliados.

–        Mutualidades de Previsión Social: mutuas, sin ánimo de lucro, que ofrecen una previsión complementaria a la pública (son alternativas a los planes de pensiones individuales).

 

Diversificación de riesgos:

Reaseguro: es el seguro de los seguros comunes, en los que las entidades aseguradoras comparten riesgos y primas.

Coaseguro: el un seguro compartido por varias compañías aseguradoras, con el fin de cubrir un gran riesgo.

 

Seguros de Vida vinculados a operaciones financieras: se constituyen como instrumentos combinados de previsión de riesgos y de ahorro a largo plazo, emitidos por entidades aseguradoras y son:

 

–        Planes de Jubilación: Son contratos de seguros de vida, de capitalización diferida, que persiguen constituir un fondo a largo plazo, con el fin principal de obtener una rentabilidad garantizada llegado el momento de la jubilación o en otras situaciones subsidiarias (muerte, invalidez, etc). Sus principales ventajas radican en su liquidez, sus ventajas fiscales y su rentabilidad garantizada.

 

–        Planes de Previsión Asegurados: seguros de vida que tienen por objetivo constituir un capital para la jubilación, garantizando el capital aportado y una determinada rentabilidad. Y que se constituyen en una alternativa a los planes de pensiones individuales y mutualidades de previsión social, con los que además, comparte ventajas fiscales.

 

–        Planes de Ahorro: son seguros de vida con rentabilidad asegurada y conocida por anticipado, que permite acumular un patrimonio a medio y largo plazo, y que no tienen una cobertura concreta de riesgo.

 

–        Unit Linked: Es un seguro de vida asociado a fondos de inversión, que no tiene una rentabilidad garantizada, pero permite al inversor una gran flexibilidad en el diseño y modificación de su cartera, sin penalizaciones fiscales.

 

 

Nuevos instrumentos creados al amparo de la ley 35/2006 de reforma del IRPF:

 

o Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS): este producto se configura como un contrato firmado con entidades aseguradoras para constituir con los recursos aportados una renta vitalicia, es decir el pago de una renta mensual con una cuantía conocida de antemano, que dependerá del capital total acumulado, y que gozará de ventajosas bonificaciones fiscales.

 

o Seguro de dependencia: es un seguro destinado a cubrir la dependencia severa o gran dependencia y, que goza del mismo trato fiscal que los planes de pensiones y los PPA.

 

–        Planes de Previsión Social Empresarial (PPSE): es un seguro de vida comercializado por las entidades aseguradoras al que se le ha asignado el mismo tratamiento fiscal que a los planes de pensiones de empleo.

 

Los PPA constituyen una alternativa a los planes de pensiones individuales y los PPSE, a su vez, responden a una demanda del sector asegurador para trabajar con un instrumento similar a los planes de pensiones de empleo.

 

 

 

FONDOS Y PLANES DE PENSIONES
1.- INTRODUCCIÓN:

Desde su puesta en circulación, los Planes y Fondos de Pensiones han presentado un notable desarrollo; produciéndose incrementos en el número de planes de pensiones, en el volumen de aportaciones, en el conjunto de partícipes vinculados y en los patrimonios gestionados.

 

El gran éxito de este producto financiero, se materializa en que el patrimonio de los Planes de Pensiones había superado, a finales de 2005, los 74.000 millones de euros con más de 9 millones de participes en España. Y la rápida consolidación de este instrumento financiero tiene sus causas en varios factores presentes en los países desarrollados:

  • Un progresivo envejecimiento de la población
  • Un elevado nivel de desempleo
  • Incertidumbre ante la financiación de los sistemas públicos de pensiones
  • Ventajas fiscales
  • Rentabilidad acumulada del patrimonio aportado.

 

2.- CONCEPTUALIZACIÓN Y NATURALEZA: Sistemas de previsión personal, de carácter voluntario y privado, cuyas prestaciones son complementarias, pero nunca substitutivas de la pensión pública. Estos sistemas están integrados por dos figuras complementarias:

 

§  Planes de Pensiones: es el instrumento jurídico que define el derecho de las personas, a cuyo favor se constituyen, a percibir renta o capitales y, las obligaciones de contribuir a los mismos.

 

§  Fondos de Pensiones: es el patrimonio financiero, sin personalidad jurídica, afecto al Plan de Pensiones, integrado por las aportaciones de los participes invertidas en la adquisición de determinados activos y, por los rendimientos financieros que generan las aportaciones.

 

3.- ELEMENTOS

3.a.- Sujetos Personales

§  Promotor del Plan : entidad, corporación, sociedad, empresa, asociación, sindicato que creo o participe en el plan de pensiones (los principales promotores son el sistema bancario y las entidades de seguros)

§  Participes: son los titulares de los derechos consolidados.

§  Beneficiarios: personas con derecho a la percepción de las prestaciones.

 

3.b.-  Sujetos Gestores:

§  Sociedad Gestora: sociedad anónima encargada de la gestión y administración de los Fondos de Pensiones.

§  Sociedad Depositaria: custodia y asume el depósito de los valores mobiliarios integrados en el Fondo (las sociedades depositarias están ligadas al sistema bancario español).

 

3.c.- Órganos de Supervisión:

§  Comisión de Control del Plan y del Fondo: Supervisa a la sociedad gestora.

§  Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP): encargado de la supervisión externa de los Fondos de Pensiones.

 

 

4.- CLASIFICACIÓN

 

Según los sujetos constituyentes (Promotor) de los Planes de Pensiones:

§  Sistema de Empleo: el promotor es cualquier Entidad, Corporación, Sociedad o Empresa y, los partícipes son sus empleados.

§  Sistema Asociado: tiene como promotor a cualquier Asociación, Sindicato, gremio o colectivo, siendo los partícipes sus asociados, miembros o afiliados.

§  Sistema Individual: el promotor son una o varias Entidades de carácter financiero (Bancos, Cajas de Ahorros, Confederación Española de Cajas de Ahorros, Cooperativas de crédito, Entidades oficiales de crédito, Entidades Aseguradoras) y, los partícipes son cualesquiera personas físicas.

 

Los planes individuales (los únicos que pueden ser comercializados en España) no sólo son los que concentran un mayor volumen de patrimonio y de participes, sino que además son los que han presentado una dinámica de creciente representatividad dentro del conjunto del sector.

 

Según las obligaciones estipuladas:

§  Planes de prestación definida, en los que se define como magnitud predeterminada o estimada la cuantía de todas las prestaciones a percibir por los beneficiarios.

§  Planes de aportación definida, en los que la magnitud predeterminada es la cuantía de las contribuciones de los promotores y, en su caso, las aportaciones de los partícipes al Plan.

§  Planes mixtos, cuyo objeto es simultánea o separadamente, la cuantía de la prestación y la cuantía de la contribución.

 

5.- CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DE LOS PLANES DE PENSIONES

 

5.1.-  PRINCIPIOS

a)      No discriminación: de ninguna persona física a participar en un plan de pensiones

b)      Capitalización: de las aportaciones

c)       Irrevocabilidad de aportaciones: con carácter general se acepta una iliquidez en las aportaciones.

d)      Atribución de derechos: derechos económicos para los participes, que determinan las prestaciones de los beneficiarios.

e)      Integración obligatoria: Cualquier plan de pensiones se integrara obligatoriamente en un Fondo de Pensiones,

f)        Derechos consolidados no embargables hasta el momento en que se cause la prestación, o en que se hagan efectivos en los supuestos de enfermedad grave o desempleo de larga duración.

 

5.2.- APORTACIONES

a)      Generales: realizadas por promotor o participe, de forma libre en cuanto a plazo, cuantía (dentro de unos limites generales), pudiendo modificarlas a lo largo de la inversión. Aunque, aceptando limitaciones anuales.

b)      Personas con minusvalías (>65%): realizadas por el minusválido participe  y por otras personas que tengan una relación de parentesco con el minusválido.

c)

5.3.- CONTIGENCIAS ADMITIDAS

a)      Carácter General :

§  Jubilación o situación asimilable del participe

§  Invalidez laboral total y permanente

§  Muerte del participe o del beneficiario

b)      Personas con minusvalías:

§  Jubilación o situación asimilable del minusválido o parientes del mismo.

§  Agravamiento del grado de minusvalía.

§  Fallecimiento del cónyuge del minusválido o de uno de sus parientes.

§  Fallecimiento del minusválido.

c)       Liquidez Anticipada

§  Enfermedad grave del participe (cónyuge o ascendientes o descendientes que convivan), durante un período mínimo de tres meses.

§  Desempleo de largo duración durante un período continuado de doce meses.

 

5.4.- PRESTACIONES DINERARIAS

Las prestaciones de los planes de pensiones tendrán el carácter de dinerarias:

a) Prestación en forma de capital, consistente en una percepción de pago único.

b) Prestación en forma de renta, consistente en la percepción de dos o más pagos sucesivos con periodicidad regular, incluyendo al menos un pago en cada anualidad:

·        Renta Programada: el beneficiario percibirá una renta durante un determinado período y, en una determinada cuantía.

·        Renta Asegurada: el beneficiario percibirá una renta, mientras viva, cuya cuantía queda asegurada mediante la suscripción de una póliza de seguro con una entidad aseguradora.

c) Prestaciones mixtas, que combinen rentas de cualquier tipo con un único pago en forma de capital.

 

La prestación en forma de capital ha sido la modalidad preferida para hacer efectivos los derechos consolidados en un plan de pensiones.

 

5.5.-  POLITICA DE INVERSIONES

La sociedad gestora asume la obligación de invertir el activo de los Fondos de Pensiones de acuerdo con criterios de seguridad, rentabilidad, diversificación y liquidez. Dichos criterios deben de verificarse puesto que no está garantizada la rentabilidad del plan de pensiones:

§  Seguridad de los activos en los que se invierte, que deben estar ligados a los mercados financieros y a las entidades bancarias.

§  Rentabilidad que se ajuste a las expectativas de los distintos participes.

§  Diversificación para evitar el riesgo de concentrar la inversión. En consecuencia, las sociedades gestoras están obligadas a realizar las inversiones dentro de unos límites establecidos en función de los activos y mercados en los que se invierte.

§  Congruencia de los plazos, disponiendo de una liquidez mínima para atender el pago de prestaciones.

 

6.- VENTAJAS

a)      Rentabilidad Financiero Fiscal :

§  Ahorro fiscal en las aportaciones: reduce la base imponible del IRPF, hasta unos límites.

§  Difiere impuestos: sólo se tributa cuando se produce la contingencia, no mientras se realicen las aportaciones.

§  Exenciones fiscales en otros impuestos: en el Impuesto sobre el Patrimonio  y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

b)      Seguridad: las inversiones están limitadas según los activos y mercados en los que se puede invertir. Por otra parte, el plan y el fondo de pensiones están supervisados por la DGSFP y por un actuario, al menos cada tres años. Finalmente, se ha creado la figura del Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Participe en Planes de Pensiones, cuyo objeto es proteger los derechos de los partícipes y beneficiarios

c)       Transparencia: información periódica a los participes.

d)      Flexibilidad: se pueden realizar modificaciones en las aportaciones (suspender temporalmente, hacer aportaciones extraordinarias, etc.). Y además se pueden movilizar los derechos consolidados entre planes de pensiones.

 

Elaboración propia.